sábado, 31 de agosto de 2013

Pleno Ordinario del 30 de Agosto de 2013

El pleno empezó a las 11 horas con el siguiente orden del día:
- Se aprobó el acta de la sesión anterior.
- Se desestimaron la concesión de dos subvenciones: el Partido Popular siguió insistiendo en el establecimiento de un procedimiento de concesión de subvenciones para que asi pudieran acceder a el todas las entidades y asociaciones que así lo requieran.
- El alcalde insiste en gastar más dinero en pleitos y ahora aprobó la posibilidad de pleitar por los diferentes registros efectuados del "Templo Parroquial" y la "Ermita de la Vera Cruz". Nuestro partido votó en contra porque previamente deberiamos informarnos bien sobre este asunto antes de gastar el dinero de los ciudadanos.
- Se aprobó el Padrón de agua desde Junio de 2012 hasta Enero de 2013 con el voto en contra de nuestro partido hasta que no solucione el problema del agua en Maello.
- Se aprobó el Padrón de Pastos de 2013 y se renovarón los cargos de la Comisión gestora de Recursos Apropecuarios dandose de baja los anteriores miembros.
- Se aprobó la Cuenta General de 2012 pidiendo al alcalde que debería de dar más explicaciones sobre todas las partidas que la componen.
- Se aprobó el proyecto y el procedimiento de las obras de pavimentación a ejecutar en la Urbanización Ampliación Dehesa de Pancorbo por mandato judicial con el voto en contra de nuestro partido. El mismo estaba lleno de errores en los que se hablaba del Ayuntamiento de Alhama de Murcia en vez del Ayuntamiento de Maello. Se hizo bajar al arquitecto de Maello, el cual elaboró el mismo, para que diera explicaciones y se le increpó que más que un proyecto eso parecia un copia y pega. Hay que tener mucha cara dura para hacer eso después de la cantidad de dinero que cobra de nuestro ayuntamiento; pero peor es como nos deja a nuestro Municipio el mismisimo alcalde y personal del consistorio, que no tiene la decencia de revisar las cosas. Todos juntos hacen un equipo de lo más singular dejando a nuestro pueblo en boca de todo el mundo hoy en día.
- No se aprobaron las Normas Urbanísticas de Planeamiento Municipal, les faltó el voto del concejal que nunca va a los plenos. Unas normas en las que se quería aprobar una zona industrial para un polígono industrial donde las fincas estaban relacionadas la mayoria con el señor alcalde, con la señora tesorera y con sus familiares. A esto hay que añadir su lejania con el pueblo que produciría un incremento notable de los costes para dar servicios al mismo. Unas normas con muchas deficiencias: 
 * Siguen con la poca transparencia:
     - Para su elaboración no se ha tenido en cuenta a todos los concejales.
   - Se dice que por el consenso de toda la corporación. ¿En qué pleno se acordó o se informó de ese consenso? ¿Cuándo hemos propuesto lo que dice ese Anexo?
     - Se firma en marzo del 2012 sin conocimiento de los concejales de la oposición.
*Por lo general encontramos una documentación de las normas incompleta con datos desfasados hasta fechas muy antiguas y poco actuales cuando ya se pueden encontrar por diferentes medios información de años más recientes. Se está modificando las normas sin necesidad. Es una revisión y no una modificación.
*Crecimiento del pueblo de Maello no consolidado con diferentes ramificaciones. Esto produciría un aumento de los costes de urbanización.
* En las urbanizaciones se duplica la capacidad cuando está sin terminar La Fontanilla, se da un espacio natural y no hay cesiones al Ayuntamiento. Algunas tienen impacto medioambiental.
* Se pasa de industrial a residencial la zona especial entre carreteras cuando se iba a hacer un centro comercial con cines, discotecas, restaurantes……
 *El sector residencial Dehesa Laureano dudamos que se pueda poner en marcha este proyecto cuanto más su terminación. No se habla del problema del acceso a la carretera.
 * En la mayoría de los casos hay muchas carencias y más aún no se hacen cesiones al Ayuntamiento. ¿El Ayuntamiento va a poder garantizar los servicios y las infraestructuras públicas para todos estos sectores?
* En el polígono industrial: Ni hay planes, ni hay instrumentos de gestión, ni planeamientos, ni se habla de los problemas de acceso, ni de parcelarios, etc. Preguntamos al alcalde si sabia cuánto nos costaría llevar el agua y la luz a ese polígono industrial tan alejado. Les preguntamos al alcalde y a la tesorera si conocian las parcelas donde querian poner el polígono industrial. No tiene suficiente con poner estas parcelas dentro del polígono industrial sino que lo hace con toda la familia de pleno. Creemos que debe de dar explicaciones a los ciudadanos de esto tan grave. Sobre está cuestión leimos una propuesta y solicitamos que el señor alcalde y la señora tesorera se abstuvieran del debate y aprobación de las mismas: 


                                                                                                                   GRUPO MUNICIPAL PP





El grupo de concejales populares del Excmo. Ayuntamiento de Maello, al amparo del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, eleva al Pleno de la Corporación, la solicitud de la abstención, tanto en el debate, como en la votación, de los concejales D. Victoriano Garcimartín San Frutos y Dª Sagrario Maroto Hernangómez en el punto 11 de este pleno “Normas Urbanísticas de Planeamiento Municipal. Sometimiento a Aprobación Inicial”:


Justificación de esta propuesta

Conociendo la situación, de la relación existente entre el concejal D. Victoriano Garcimartín San Frutos y la parcela 13 del polígono 6 de “Las Gallegas” del término municipal de Maello y la concejal del mismo partido Dª Sagrario Maroto Hernangómez y la parcela 14 del polígono 6 colindante al mismo, a la razón, como presidente y tesorera respectivamente de este Ayuntamiento, y dada cuenta que en la elaboración de estas normas urbanísticas municipales, presentadas a debate para aprobación inicial en el día de hoy, los mismos, han sido motor de dichas normas, y en dichas normas se recoge, la creación de un polígono industrial en las mismas fincas junto a otras pertenecientes al Ayuntamiento de Maello. Dicha construcción supone un cambio significativo, en las normas del municipio, con lo que, para evitar malas interpretaciones y males mayores, solicitamos la abstención a debate y votación y la salida de estos concejales, del pleno, durante este punto del orden del día.

Justificación del deber de abstención

Para garantizar que en la tramitación y resolución de todo procedimiento nadie pueda arrogarse las posturas de juez y parte, el legislador siempre ha tratado de impedir la intervención de quienes puedan tener algún tipo de interés en el asunto sometido a consideración. Razones de moral y estricta justicia hacen rechazar que una persona pueda ser parte interesada y a la vez que por razón de su cargo intervenga en su tramitación y/o resolución.

Razones de equidad, aconsejan, en todo caso, que las decisiones de la administración se adopten con criterios de imparcialidad y objetividad, circunstancias que se presuponen no concurren en los interesados ya sean directos o por su vinculación.

Razones, por último, de eficacia legal, vedan a una conciencia responsable intervenir en asuntos y cooperar a la adopción de acuerdos que posteriormente van a ser tachados de nulidad.

Para garantizar de la pureza de los acuerdos, la LRBRL establece una disposición preventiva respecto de todos aquellos miembros de la corporación que tienen derecho a voto, es decir, que están capacitados para tomar decisiones y adoptar acuerdos.

Los motivos anteriormente señalados y en consonancia con el artículo 28 de la LRJPA, que posibilitan que para garantizar la imparcialidad, imparcialidad que debe de presidir todos los acuerdos locales, podría verse afectada, o, al menos ser, puesta en duda, por determinadas circunstancias. 

Art. 28 LRJPA Abstención. 

1. Las autoridades y el personal al servicio de las administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas, en el número siguiente de este articulo se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
2. Son motivos de abstención los siguientes:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada,...
3. Los órganos superiores podrán ordenar a las personas en quienes se dé alguna de las circunstancias señaladas que se abstengan de toda intervención en el expediente.
4. La no abstención en los casos en que proceda dará lugar a responsabilidad

Efectos del incumplimiento del deber de abstención


El art. 76 LRBRL, dispone que, si pese a la advertencia sobre la obligación de abstención, uno o varios miembros de la corporación legalmente obligados a abstenerse interviniese en la formación de la voluntad y, en definitiva, en la adopción de los acuerdos, de manera determinante, los actos en que hayan intervenido, carecerán de validez.
Deber de no intervención que el art. 96 ROF, amplía a la obligación de “ abandonar el Salón mientras se discute y vote el asunto, salvo que se trate de debatir su actuación como corporativo, en que tendrá derecho a permanecer y defenderse”. Reforzándose en el artículo 185, la invalidez de los actos en que haya intervenido, cuando tal intervención haya sido determinante.
Finalmente, respecto de los efectos del incumplimiento del deber de abstención, sirva también la STS de 19 de octubre de 1993, por la que “la no abstención de los particularmente interesados en la modificación del planeamiento, determina la impugnabilidad de los acuerdos de aprobación provisional aun cuando ésta se considere como acto de trámite” 

POR TODO LO EXPUESTO SOLICITO, 

Se tengan por presentado este escrito, que entrego copia a la secretaria, para que sea recogido en el acta de este pleno, por el que este portavoz del grupo municipal popular del Exmo. Ayto. de Maello, solicita Y RUEGA a D. Victoriano Garcimartín San Frutos y Dª Sagrario Maroto Hernangómez, se abstengan de votar y abandonen la sesión en este momento, si lo tiene a bien la presidencia de esta corporación, evitando:
- la invalidez, caso de no abstenerse, de lo acordado en el pleno
                  - las responsabilidades personales, derivadas caso de su no abstención, recogida en el anteriormente citado art. 28 LRJPA 
 
- Dación de cuentas de Resoluciones de Alcaldía.
- No hubo mociones urgentes.
- El Partido Popular hizo dos preguntas: Preguntó por la situación del Bar El Tunel y qué había pasado en los últimos días con el y cuando se iba a arreglar la calle principal, con una plancha que lleva colocada desde hace mucho tiempo.